Referencias:
- Ley 25.326 (Protección de Datos Personales)
- Decreto 1558/01 (Reglamentario Ley 25.326)
- Decreto 746/2017 y Decreto 899/2017 (AAIP)
- Resolución AAIP 14/2018
- Ley 26.529 (Historia Clínica Electrónica)
- Resolución UIF 30/2017 (Prevención LA/FT para mutuales)
Protección de Datos Personales La ASOCIACIÓN MUTUAL TRABAJADORES DE LA SEGURIDAD PÚBLICA "9 DE JULIO", en adelante MUTSEPU, en su carácter de responsable de base de datos, cumple en informar los términos y condiciones del tratamiento de datos personales de conformidad con lo dispuesto por la Ley N.° 25.326 de Protección de Datos Personales y su normativa complementaria. La Agencia de Acceso a la Información Pública (AAIP) es la autoridad de control en la materia, y en particular resulta aplicable la Resolución AAIP N.° 14/2018.
1. Consentimiento Al proporcionar sus datos personales y marcar expresamente la casilla de aceptación correspondiente, usted presta su consentimiento libre, expreso e informado para que MUTSEPU efectúe el tratamiento de los mismos y los incorpore a sus bases de datos, conforme a las finalidades que se describen a continuación. La casilla de aceptación nunca se encontrará pre-marcada, en cumplimiento del principio de consentimiento expreso exigido por la Ley N.° 25.326.
2. Finalidades del tratamiento Los datos que usted aporte serán utilizados con las siguientes finalidades:
a) Gestionar su solicitud de afiliación y, de ser aceptada, administrar su condición de asociado, suscribir los servicios contratados y cumplir con lo establecido en la Ley N.° 20.321, el Estatuto Social de MUTSEPU y sus reglamentos de servicios.
b) Llevar a cabo todas las gestiones necesarias a disposición del asociado para consultar el estado de su cuenta, servicios contratados, beneficios disponibles y cualquier otra gestión vinculada a su membresía.
c) Comunicaciones de servicio: contactarlo para informarle sobre vencimientos de cuotas, cambios en los beneficios contratados, convocatorias a asambleas y demás comunicaciones necesarias para el mantenimiento de su relación asociativa. Estas comunicaciones se fundamentan en el interés legítimo de la mutual y no requieren consentimiento adicional.
d) Comunicaciones comerciales: contactarlo para suministrarle información útil sobre nuevos productos y servicios de la mutual, ofrecerle la contratación de nuevos beneficios, u obtener su opinión sobre nuestros productos y servicios. Esta finalidad requiere su consentimiento expreso y diferenciado, que podrá prestar marcando la casilla correspondiente al momento de proporcionar sus datos. Este consentimiento es revocable en cualquier momento, sin que ello afecte la licitud del tratamiento previo, mediante comunicación a hola@mutsepu.com.
e) Dar cumplimiento a las obligaciones legales y regulatorias aplicables, en particular las requeridas por el INAES en su carácter de autoridad de control de mutuales y por la Unidad de Información Financiera (UIF) en materia de prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo.
Los datos que usted informe formarán parte de una base de datos electrónica cuyo titular es MUTSEPU, con domicilio en Presidente Luis Sáenz Peña N.° 24, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, CP C1010AAV, Argentina.
3. Destinatarios de los datos Los datos personales podrán ser comunicados a terceros únicamente cuando resulte necesario para la prestación de los servicios contratados por el asociado, o cuando exista una obligación legal que así lo requiera. En ningún caso los datos serán cedidos o transferidos a terceros con fines comerciales o de publicidad sin el consentimiento previo del titular.
4. Transferencia internacional de datos Para la prestación de los servicios digitales ofrecidos a través de la presente aplicación web, MUTSEPU utiliza los siguientes proveedores tecnológicos, cuyos servidores pueden encontrarse ubicados dentro y fuera de la República Argentina:
Firebase Firestore (Google LLC) — base de datos en la nube Firebase Storage (Google LLC) — almacenamiento de archivos Google Cloud Functions (Google LLC) — procesamiento de lógica de negocio Google Analytics (Google LLC) — análisis de uso de la plataforma Google OAuth (Google LLC) — autenticación de usuarios Al aceptar la presente política, usted consiente de manera expresa, libre e informada la transferencia internacional de sus datos personales a servidores ubicados fuera del territorio argentino, con la finalidad exclusiva de posibilitar el funcionamiento técnico de la plataforma y bajo las medidas de seguridad contractuales y técnicas exigidas por la normativa aplicable. MUTSEPU ha adoptado las salvaguardas contractuales y verificado que dichos proveedores cumplen con estándares de seguridad reconocidos internacionalmente.
5. Datos sensibles En el marco de la prestación de servicios de salud y farmacia, MUTSEPU podrá tratar datos relativos a la salud de sus asociados y su grupo familiar, tales como historias clínicas, recetas, diagnósticos y tratamientos. Estos datos revisten el carácter de datos sensibles y reciben la protección reforzada prevista en el artículo 7.° de la Ley N.° 25.326 y en la Ley N.° 26.529 de Historia Clínica Electrónica.
El tratamiento de datos sensibles requiere el consentimiento expreso y por escrito del titular —que en el ámbito digital se entenderá prestado mediante la marcación de una casilla de verificación específica y diferenciada— y dichos datos están sujetos a medidas de seguridad y confidencialidad adicionales. Ningún dato de salud será revelado a terceros sin expresa autorización del titular, salvo obligación legal o requerimiento de autoridad competente.
6. Obligatoriedad de los datos Los datos solicitados tienen carácter obligatorio para poder llevar a cabo las gestiones antes indicadas. Si la información personal no fuera provista o fuera inexacta, MUTSEPU no podrá procesar su solicitud de afiliación, la contratación de servicios ni evaluar los requerimientos que usted presente. En consecuencia, se considera que la información que usted brinda es exacta y veraz.
7. Plazo de conservación Los datos personales serán conservados durante la vigencia de la relación asociativa y por un plazo de CINCO (5) años posteriores a la finalización de la misma, en cumplimiento de obligaciones legales y regulatorias ante el INAES, la Administración Federal de Ingresos Públicos (ARCA/AFIP) y demás organismos de control que pudieran requerirlos.
Cumplido dicho plazo, los datos personales que permitan la identificación del titular serán suprimidos o anonimizados de manera irreversible. Los datos anonimizados —es decir, aquellos que no permitan identificar directa ni indirectamente al titular— podrán conservarse con fines estadísticos, analíticos y de investigación histórica por tiempo indefinido.
Para fines analíticos y de marketing, MUTSEPU podrá conservar exclusivamente datos agregados y anonimizados —tendencias de uso, estadísticas poblacionales, patrones de consumo de beneficios— que no permitan la identificación individual de los titulares. En ningún caso se conservarán datos personales identificables con fines comerciales una vez extinguida la relación asociativa y cumplido el plazo de cinco años.
8. Derechos del titular Usted tiene la facultad de ejercer los siguientes derechos en los términos de la Ley N.° 25.326:
Derecho de acceso: solicitar y obtener información sobre sus datos personales incluidos en nuestras bases de datos, en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis meses, salvo que acredite un interés legítimo al efecto. Derecho de rectificación y actualización: solicitar la corrección de datos inexactos, incompletos o desactualizados. Derecho de supresión: solicitar la eliminación de sus datos personales cuando existan las circunstancias previstas en la normativa aplicable. Derecho de retiro o bloqueo: solicitar el retiro o bloqueo de su nombre de los bancos de datos a los que se refiere el artículo 27, inciso 3, de la Ley N.° 25.326 (archivos, registros o bancos de datos con fines de publicidad) y el artículo 27 del Anexo I del Decreto N.° 1558/01. A pedido del interesado, se deberá informar el nombre del responsable o usuario del banco de datos que proveyó la información.
9. Cómo ejercer sus derechos Para ejercer cualquiera de los derechos mencionados, usted podrá enviar un correo electrónico a hola@mutsepu.com, indicando nombre y apellido, número de documento nacional de identidad, la solicitud concreta y las razones del ejercicio de su derecho.
Asimismo, podrá consultar nuestra política de protección de datos personales completa ingresando a mutsepu.com/info/terminos.
10. Autoridad de control La Agencia de Acceso a la Información Pública (AAIP), en su carácter de órgano de control de la Ley N.° 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que interpongan quienes resulten afectados en sus derechos por incumplimiento de las normas vigentes en materia de protección de datos personales. Su sitio web oficial es www.argentina.gob.ar/aaip.
11. Cookies y tecnologías de seguimiento La presente aplicación web utiliza cookies y tecnologías similares —propias y de terceros, incluyendo Google Analytics— para analizar el uso de la plataforma, mejorar la experiencia del usuario y personalizar contenidos. Al utilizar la plataforma y aceptar la presente política, usted consiente el uso de dichas tecnologías. Usted puede configurar su navegador para rechazar cookies; sin embargo, algunas funcionalidades de la aplicación podrían no estar disponibles si lo hace.
12. Declaración de Persona Expuesta Políticamente (PEP) En cumplimiento de la Resolución UIF N.° 30/2017 y sus modificatorias —que establecen las obligaciones de prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo aplicables a las asociaciones mutuales en su carácter de sujetos obligados—, MUTSEPU requiere que los asociados declaren si revisten o han revestido la condición de Persona Expuesta Políticamente (PEP).
Una Persona Expuesta Políticamente es toda persona humana que desempeña o ha desempeñado funciones públicas destacadas —ya sea en el ámbito nacional, provincial, municipal o en organismos internacionales—, así como sus familiares cercanos y allegados, conforme a los criterios establecidos por la normativa de la Unidad de Información Financiera. La condición de PEP no impide la afiliación a la mutual ni el acceso a sus servicios, pero debe ser declarada para dar cumplimiento a las obligaciones de debida diligencia que la ley impone.
La condición de Persona Expuesta Políticamente se mantiene hasta DOS (2) años después de la fecha de cese en la función que la originó.
Se consideran Personas Expuestas Políticamente las personas humanas que se desempeñen o se hayan desempeñado en alguno de los siguientes cargos:
12.1 Personas Expuestas Políticamente Extranjeras Funcionarios públicos pertenecientes a países extranjeros que ocupen u hayan ocupado alguno de los siguientes cargos:
a. Jefe de Estado, Jefe de Gobierno, Gobernador, Intendente, Ministro, Secretario, Subsecretario de Estado u otro cargo gubernamental equivalente.
b. Miembro del Parlamento, Poder Legislativo o de otro órgano de naturaleza equivalente.
c. Juez, Magistrado de Tribunales Superiores u otra alta instancia judicial o administrativa, en el ámbito del Poder Judicial.
d. Embajador o Cónsul de un país u organismo internacional.
e. Autoridad, apoderado, integrante del órgano de administración o control y miembro relevante de partidos políticos extranjeros.
f. Oficial de alto rango de las fuerzas armadas —a partir de coronel o grado equivalente en la fuerza o país de que se trate— o de las fuerzas de seguridad pública —a partir de comisario o rango equivalente según la fuerza o país de que se trate—.
g. Miembro de los órganos de dirección y control de empresas de propiedad estatal.
h. Miembro de los órganos de dirección o control de empresas de propiedad privada o mixta, cuando el Estado posea una participación igual o superior al veinte por ciento (20 %) del capital o del derecho a voto, o ejerza de forma directa o indirecta el control de la compañía.
i. Director, Gobernador, Consejero, Síndico o autoridad equivalente de bancos centrales y otros organismos de regulación o supervisión.
j. Director, Subdirector, miembro de la junta, directorio, alta gerencia o cargos equivalentes, apoderados, representantes legales o autorizados de una organización internacional, con facultades de decisión, administración o disposición.
12.2 Personas Expuestas Políticamente Nacionales Funcionarios públicos de la República Argentina que ocupen u hayan ocupado alguno de los siguientes cargos:
a. Presidente o Vicepresidente de la Nación.
b. Senador o Diputado de la Nación.
c. Magistrado del Poder Judicial de la Nación.
d. Magistrado del Ministerio Público de la Nación.
e. Defensor del Pueblo de la Nación o Defensor del Pueblo Adjunto.
f. Jefe de Gabinete de Ministros, Ministro, Secretario o Subsecretario del Poder Ejecutivo Nacional.
g. Interventor Federal, o colaborador del Interventor Federal con categoría no inferior a Director o su equivalente.
h. Síndico General de la Nación o Síndico General Adjunto de la Sindicatura General de la Nación. Presidente o Auditor General de la Auditoría General de la Nación. Autoridad superior de un ente regulador o de los demás órganos que integran los sistemas de control del sector público nacional. Miembro de organismos jurisdiccionales administrativos, o personal de dicho organismo, con categoría no inferior a la de Director o su equivalente.
i. Miembro del Consejo de la Magistratura de la Nación o del Jurado de Enjuiciamiento.
j. Embajador o Cónsul.
k. Personal de las Fuerzas Armadas, de la Policía Federal Argentina, de Gendarmería Nacional, de la Prefectura Naval Argentina, del Servicio Penitenciario Federal o de la Policía de Seguridad Aeroportuaria con jerarquía no menor de coronel o grado equivalente según la fuerza.
l. Rector, Decano o Secretario de las Universidades Nacionales.
m. Funcionario o empleado con categoría o función no inferior a la de Director General o Nacional, de la Administración Pública Nacional, centralizada o descentralizada, de entidades autárquicas, bancos y entidades financieras del sistema oficial, de las obras sociales administradas por el Estado, de empresas del Estado, de las sociedades del Estado, y el personal con similar categoría o función designado a propuesta del Estado en sociedades de economía mixta, sociedades anónimas con participación estatal o en otros entes del sector público.
n. Funcionario o empleado público nacional encargado de otorgar habilitaciones administrativas, permisos o concesiones para el ejercicio de cualquier actividad, como así también todo funcionario o empleado público encargado de controlar el funcionamiento de dichas actividades o de ejercer cualquier otro control en virtud de un poder de policía.
o. Funcionario público de algún organismo de control de servicios públicos, con categoría no inferior a la de Director General o Nacional.
p. Personal del Poder Legislativo de la Nación, con categoría no inferior a la de Director.
q. Personal del Poder Judicial de la Nación o del Ministerio Público de la Nación, con categoría no inferior a Secretario.
r. Funcionario o empleado público que integre comisiones de adjudicación de licitaciones, de compra o de recepción de bienes, o participe en la toma de decisiones de licitaciones o compras.
s. Funcionario público responsable de administrar un patrimonio público o privado, o controlar o fiscalizar los ingresos públicos cualquiera fuera su naturaleza.
t. Director o Administrador de alguna entidad sometida al control externo del Honorable Congreso de la Nación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 120 de la Ley N.° 24.156.
12.3 Personas Expuestas Políticamente Provinciales, Municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Funcionarios públicos que ocupen u hayan ocupado alguno de los siguientes cargos a nivel provincial, municipal o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires:
a. Gobernador o Vicegobernador, Intendente o Viceintendente, Jefe de Gobierno o Vicejefe de Gobierno.
b. Ministro de Gobierno, Secretario, Subsecretario, Ministro de los Tribunales Superiores de Justicia de las provincias o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
c. Juez o Secretario de los Poderes Judiciales Provinciales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
d. Magistrado perteneciente al Ministerio Público, o su equivalente, en las provincias o en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
e. Miembro del Consejo de la Magistratura o del Jurado de Enjuiciamiento, o su equivalente, de las provincias o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
f. Defensor del Pueblo o Defensor del Pueblo Adjunto, en las provincias o en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
g. Jefe de Gabinete de Ministros, Ministro, Secretario o Subsecretario del Poder Ejecutivo de las provincias o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
h. Legislador provincial, municipal o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
i. Máxima autoridad de los organismos de control o de los entes autárquicos provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
j. Máxima autoridad de las sociedades de propiedad de los estados provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
k. Rector, Decano o Secretario de universidades provinciales.
l. Funcionario o empleado público encargado de otorgar habilitaciones administrativas, permisos o concesiones para el ejercicio de cualquier actividad, como así también todo funcionario o empleado público encargado de controlar el funcionamiento de dichas actividades o de ejercer cualquier otro control en virtud de un poder de policía.
m. Funcionario de organismos de control de los servicios públicos provinciales o de la Ciudad de Buenos Aires, con categoría no inferior a la de Director General o Provincial.
n. Funcionario o empleado público que integre comisiones de adjudicación de licitaciones, de compra o de recepción de bienes, o participe en la toma de decisiones de licitaciones o compras.
o. Funcionario público que tenga por función administrar un patrimonio público o privado, o controlar o fiscalizar los ingresos públicos cualquiera fuera su naturaleza.
12.4 Otras Personas Expuestas Políticamente Sin perjuicio de lo expuesto en los apartados precedentes, son consideradas Personas Expuestas Políticamente aquellas personas que se desempeñen o se hayan desempeñado en alguno de los siguientes cargos:
a. Autoridad, apoderado, candidato o miembro relevante de partidos políticos o alianzas electorales, ya sea a nivel nacional o distrital, de conformidad con lo establecido en las Leyes N.° 23.298 y N.° 26.215.
b. Autoridad de los órganos de dirección y administración de organizaciones sindicales y empresariales —cámaras, asociaciones y otras formas de agrupación corporativa—. Con respecto a las organizaciones sindicales, el alcance comprende a las personas humanas con capacidad de decisión, administración, control o disposición del patrimonio de la organización sindical. Con respecto a las organizaciones empresariales, el alcance comprende a las personas humanas de las mencionadas organizaciones que en función de su cargo: (i) tengan capacidad de decisión, administración, control o disposición sobre fondos provenientes del sector público nacional, provincial, municipal o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o (ii) realicen actividades con fines de lucro para la organización o sus representados que involucren la gestión, intermediación o contratación habitual con el Estado nacional, provincial, municipal o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
c. Autoridad, representante legal o integrante de la Comisión Directiva de las obras sociales contempladas en la Ley N.° 23.660. El alcance comprende a las personas humanas de las mencionadas organizaciones con capacidad de decisión, administración, control o disposición del patrimonio de las obras sociales.
d. Las personas humanas con capacidad de decisión, administración, control o disposición del patrimonio de personas jurídicas privadas, en los términos del artículo 148 del Código Civil y Comercial de la Nación, que reciban fondos públicos destinados a terceros y cuenten con poder de control y disposición respecto del destino de dichos fondos.
12.5 Personas Expuestas Políticamente por Cercanía o Afinidad Son consideradas Personas Expuestas Políticamente por cercanía o afinidad todos aquellos sujetos que posean vínculos personales o jurídicos con quienes cumplan o hayan cumplido las funciones establecidas en los apartados 12.1 a 12.4 de la presente declaración. A dichos fines se consideran los siguientes vínculos:
a. Cónyuge o conviviente reconocido legalmente.
b. Familiares en línea ascendente, descendente y colateral hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.
c. Personas allegadas o cercanas: debe entenderse como tales a aquellas personas públicas y comúnmente conocidas por su íntima asociación a la persona definida como Persona Expuesta Políticamente.
d. Personas con las cuales se hayan establecido relaciones jurídicas de negocios del tipo asociativo, aun de carácter informal, cualquiera fuese su naturaleza.
e. Toda otra relación o vínculo que por sus características y en función de un análisis basado en riesgo, a criterio del sujeto obligado, pueda resultar relevante.
Quien omita declarar su condición de Persona Expuesta Políticamente, o la de sus allegados, siendo alcanzado por alguna de las categorías precedentes, asume la responsabilidad por dicha omisión y las consecuencias legales que de ella pudieran derivarse.